EL CAMINO HACIA UN NUEVO MARCO LABORAL “LA REDUCCION DE JORNADA EN ESPAÑA”
Para ponernos un poco en contexto, la normativa de la Unión Europea (Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo) establece que la jornada laboral no puede superar las 48 horas semanales, incluyendo las horas extraordinarias. Además, los trabajadores deben tener al menos 11 horas consecutivas de descanso diario y un día completo de descanso semanal. También, si la jornada laboral supera las seis horas diarias, es obligatorio tomar un descanso durante la jornada. Por otro lado, todos los trabajadores de la Unión Europea tienen derecho a cuatro semanas de vacaciones anuales. No obstante, hay excepciones a estas normas.
Según datos de Eurostat publicados en 2022, la jornada laboral media en Europa es de 37,5 horas semanales, mientras que en España se sitúa en 37,8 horas semanales, lo que equivale a 7 horas y 34 minutos diarios de trabajo.
En la inmensa mayoría de Europa el límite legal de horas semanales ordinarias está fijado en 40 horas, sobre la base de una semana laboral de cinco días y jornadas de ocho horas. Solo hay dos países en la actualidad que tienen una jornada reglamentaria más corta: Francia, donde está limitada a 35 horas; y Bélgica, donde el máximo permitido son 38 horas. Sin embargo, estos dos países establecieron reducciones en las cotizaciones sociales para ponerlo en marcha y compensar en cierta manera a las empresas, algo que en España no se prevé, para disgusto de la patronal.
Por otro lado, Países Bajos no es el único país de la zona euro con jornadas más cortas. Noruega, Austria y Dinamarca también cuentan con jornadas laborales más reducidas que las de España, situándose en 33,3, 33,6 y 34,2 horas semanales, respectivamente
En el caso de Francia el Gobierno, aprobó en sendas leyes de 1998 y 2000 reducir de 39 a 35 horas la jornada laboral estándar sin recorte salarial, pero con alguna medida compensatoria y se dio un período transitorio de dos años. A cambio, las empresas recibieron incentivos económicos, como reducciones en sus cotizaciones sociales. También se les permitió reorganizar su producción en cada caso particular, y la medida se fue implantando mediante convenios colectivos entre empresarios y sindicatos, pasando además a ser computadas las horas de forma anual, otro guiño a las empresas. Es decir, se permitía mantener las jornadas de 39 horas, pero luego se acumulaban las horas de más y se compensaba a los trabajadores con mañanas libres o días completos.
Las jornadas laborales de 40 horas semanales tienen los días contados en España. Ya que el borrador de la norma ya ha iniciado su tramitación, comenzando por la consulta pública cuyo plazo se abre el próximo 7 de diciembre, y por supuesto sin apoyo de la patronal
Será la primera vez desde hace más de cuarenta años que sucede algo así. La última vez que se acortó la jornada por ley en España fue en 1983, cuando se redujo de 43 a las 40 horas actuales. Pero a partir del próximo 1 de enero España tomará la delantera y se convertirá en el segundo país de Europa que tenga una jornada de trabajo más corta. No significa esto que los más de 21 millones de afiliados españoles trabajen todas 40 horas a la semana. Ni mucho menos. En realidad, la gran mayoría tienen ya jornadas inferiores, puesto que la mayor parte de los convenios colectivos han ido pactando a lo largo de las últimas décadas recortes horarios.
El año 2025, nos va a traer muchos cambios legislativo en materia laboral, quizá a veces impuestos desde Europa y en otras ocasiones por directrices políticas de nuestro propio país, pero si hay algo que es indiscutible es que los cambios son cada vez más rápidos y para poder mitigar su impacto son necesarias siempre medidas alternativas para nuestro tejido productivo tan atomizado y de pequeñas empresas no sufra de manera negativa esos cambios .
El Ministerio de Trabajo está trabajando en una serie de medidas laborales que van en entrar en Estas reformas abarcan desde la ampliación de los permisos parentales hasta el derecho a la desconexión digital y buscan equilibrar la vida laboral con la personal.
El cambio principal, y el más importante, es la reducción de la jornada laboral máxima de 40 a 37,5 horas semanales, que en principio entraría en vigor el 1 de enero de 2025. A partir de esa fecha las empresas tendrán hasta seis meses para implementarla.
La cual ha acabado sin un acuerdo con la CEOE y Cepyme, según las ultimas noticias Estas organizaciones empresariales han expresado su rechazo a la propuesta, argumentando que la jornada laboral debería ser un tema de negociación colectiva en cada sector, para así atender las necesidades específicas de empresas y empleados
Nuevo registro horario
En esta misma norma se planea implementar también una reforma que busca implementar un sistema de registro digital diario de horas para todos los tipos de trabajo. Este sistema, que deberá ser “objetivo, fiable, accesible e interoperable”, permitirá a los trabajadores acceder automáticamente a sus registros, mientras que los representantes de los trabajadores y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) podrán hacerlo de manera remota.
La administración justifica estos cambios afirmando que el registro de horas es esencial para asegurar el cumplimiento de la normativa laboral y proteger los derechos de los trabajadores. La digitalización del registro de horas promete una mayor transparencia y control sobre las horas trabajadas, lo que evitaría abusos y garantizaría una compensación justa para los empleados.
La regulación especificará el contenido legal y los protocolos operativos del sistema, los cuales deberán ser negociados con los trabajadores o, en su defecto, adoptados por la empresa tras consultar con ellos. El mandato de un registro digital diario de horas también incluye la obligación de garantizar la autenticidad y accesibilidad de los datos. Los registros deberán ser retenidos por un período de cuatro años, y tanto los trabajadores como sus representantes y la ITSS tendrán acceso inmediato a ellos. La regulación detallará el contenido mínimo de los registros de horas y la organización y operación del sistema.
Subida del salario mínimo
De confirmarse esta medida, el nuevo SMI se situaría en 1.190,7 euros mensuales distribuidos en 14 pagas, lo que implicaría un incremento de 56 euros al mes. En el caso de que se opte por 12 pagas, el salario bruto mensual ascendería a 1.400 euros, representando un aumento de 77 euros mensuales.
Reforma en las indemnizaciones por despido
Por último, está en el aire un posible cambio, que, aunque lleva un tiempo siendo comentado, por el momento no se ha concretado nada al respecto. Esto es el cambio en el sistema de indemnizaciones por despido improcedente.
Tras una reclamación por parte de la Unión General de Trabajadores (UGT), el Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) concluyó que el modelo actual en España no cumple con el artículo 24 de la Carta Social Europea (CSE), que garantiza a los trabajadores despedidos sin causa justificada el derecho a una compensación adecuada.