La decisión sobre cómo debe ser una caseta o stand de exterior, está condicionada por el tipo de feria que se pretenda realizar para poder definir según los productos, qué tipo de venta es el más apropiado: con mostrador de exposición, abierta entera sin mostrador, con baldas o sin ellas, la imagen exterior de la caseta más apropiada, los acabados de la misma como el tipo de panel, cornisas identificativas en colores, dimensiones de las casetas o stand tanto en fachada como en fondo, es decir, todo aquello que se imagine para potenciar las posibilidades de la feria o evento.
Hay que tener en cuenta la época del año en la que se pretende realizar la feria, para que la climatología no sea impedimento para las ventas, sino que a veces el mal tiempo con un buen planteamiento hace incrementar las ventas.
Si la época o lugar es caluroso, hay que optar por colocar toldos en fachadas; si la época o lugar es de entretiempo hay que optar por voladizos, cornisas o pasillos cubiertos abiertos en fachadas; y si el tiempo o lugar es de hacer frío y lluvia, hay que optar por pasillos cerrados y cubiertos que sirve de reclamo para visitar la feria.
En cuanto a la seguridad y cumplimiento de normas, hay que tener en cuenta como norma prioritaria la seguridad e integridad de los ciudadanos o visitantes de la feria y para ello hay que cumplir y hacer cumplir los siguientes puntos:
- La distribución de la feria no entorpezca la libre circulación de las personas, respetando las vías de evacuación mínimas establecidas, salidas de emergencia, rampas y accesos libres para los vehículos de emergencia.
- Los elementos constructivos de las casetas o stand no tengan salientes, estén colocados a alturas indebidas, estén sueltos o mal anclados con posibilidad de desprendimientos que puedan ocasionar golpes o daños a los visitantes.
- Las casetas o stand han de cumplir con las normativas locales exigidas por las autoridades de la ciudad donde se desarrolle el evento.
- La solidez estructural de este tipo de instalaciones ha de cumplir con la norma Europea UNE EN 13782 “Estructuras Temporales, Carpas, Seguridad”.
- La clasificación al fuego de los elementos constructivos (EUROCLASES) según la tabla 4.1 del DB SI (Documento Básico en Seguridad contra Incendios): para elementos estructurales secundarios, tales como paneles de cerramiento perimetral Bs2-d0, para falsos techos Bs3-d0, para suelos elevados Bfl-s2, para revestimiento de techos y paredes como mínimo Cs2-d0. Además de comprobar los certificados correspondientes de ignifugado, aconsejamos realizar las comprobaciones físicas oportunas por un técnico competente u organismo acreditado especializado, para evitar la falsedad documental.
- La justificación para la salida de humos y calor según norma UNE 23.585. Y según el punto 7, apéndice 2 del RSCIEI/04 (Reglamento de Seguridad Contra Incendios en los Establecimientos Industriales. Real Decreto 2267/2004, de 3 de Septiembre), se requiere una superficie aerodinámica de ventilación mínima sobre rasante de 0,5 m2/150 m2 ó fracción.
- La instalación eléctrica ha de cumplir con El Reglamento de Baja Tensión, según el R.D. 842/2002 de 2 de Agosto de 2002, BOE de 18 de Septiembre de 2002, así como sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC BT.
- Colocación de agentes Extintores en su adecuación a las clases de fuego según norma (UNE 23.010): sólidos, líquidos, gases, metales especiales. Como ejemplos: extintores de polvo ABC eficacia 27A-183B para cubrir el evento en general, extintores de Dióxido de Carbono CO2 de eficacia 89B para cubrir cuadros eléctricos, extintores Hídricos de Agua + Aditivos AFFF de eficacia 27A-233B-75F para cubrir cocinas, así como instalar BIE’s si el evento o normas así lo requieren.
- Las casetas o stand no dañen ni dejen marcas en ningún caso en el pavimento donde van instaladas y por supuesto respetar el mobiliario urbano de la ciudad.
- La empresa a la que se contrate para la instalación de las casetas o stand proporcione los correspondientes seguros de RC para cubrir los daños personales y/o materiales que por sus operaciones para la instalación o durante la feria se pudieran producir.
- La empresa a la que se contrate para la instalación de las casetas, cuente con una plantilla o equipos de trabajo totalmente legal con personal asegurado, sin incidencias con la Seguridad Social ni con la Agencia Tributaria.